Bases del Concurso
"Concurso entradas para Américo"
En Santiago, Chile, a 28 de abril de 2025, la sociedad NESTLÉ CHILE S.A., en adelante también denominada “Nestlé”, Rol Único Tributario N° 90.703.000-8, representada para estos efectos por Sandra Rivas, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Condes N° 11.287, comuna de Las Condes, Santiago, con el objeto de evitar cualquier duda o error de interpretación relacionado con el concurso del título, en adelante el “Concurso”, viene en establecer para éste las siguientes bases, en adelante las “Bases”:
PRIMERO: Territorio.
El Concurso será válido únicamente dentro del territorio de la ciudad de Santiago. Chile.
SEGUNDO: Fechas.
El Concurso se efectuará entre los días 29 de abril de 2025 y 1 de mayo de 2025, ambas fechas inclusive.
TERCERO: Quienes pueden participar.
Todas aquellas personas naturales mayores de 18 años que cuenten con un documento de identidad válido y que participen en este Concurso en los términos establecidos en estas Bases.
CUARTO: Mecánica del Concurso
Para participar en el Concurso los participantes deberán comentar el nombre correcto de la canción en la publicación que se subirá en la cuenta oficial de Dolce Gusto Chile en Instagram y Facebook (ambas @dolcegustochile). En dicha publicación se presentarán 4 emojis, cada uno representando a una de las canciones más clásicas de Américo y los participantes deberán adivinar a qué canción hace referencia cada emoji. Para efectos de este Concurso, se considerará solo un comentario por participante.
QUINTO: Premios.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 36, de la Ley 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, se deja constancia que este Concurso contempla entregar 5 premios, en adelante el “Premio” o conjuntamente los “Premios”, a 5 ganadores distintos. Cada Premio consistirá en lo siguiente:
· Una entrada doble para el concierto de Américo que se realizará en el Movistar Arena de Santiago el día 2 de mayo de 2025 a las 21:00 horas de la noche (hora de Chile continental).
Asimismo, cabe señalar que el Premio no incluye gastos de traslado, estadía, alimentación ni ningún otro concepto adicional, estando ello a cargo del ganador. El ganador no podrá escoger los detalles de su entrada, pues el Premio se le será asignado aleatoriamente.
Se deja constancia de que ninguno de los Premios ofrecidos en este Concurso es canjeable por dinero en efectivo ni por otros productos o servicios. Tampoco son endosables a un tercero distinto de la persona individualizada como ganador de cada Premio.
SEXTO: Definición de los ganadores.
Serán seleccionados de manera aleatoria 5 participantes distintos que hayan cumplido con todos los términos y requisitos establecidos en estas Bases. La selección de todos los ganadores se realizará el día 2 de mayo de 2025 a las 09:00 horas de la mañana (hora de Chile continental) mediante el software de selección aleatorio www.echaloasuerte.com/number. Cada ganador deberá ser debidamente validado conforme a la cláusula siguiente y cada participante solo podrá ser ganador una sola vez de un solo Premio.
SÉPTIMO: Notificación y validación de los ganadores.
7.1. Notificación
Una vez conocidos el o los ganadores, éstos serán contactados por Nestlé o la agencia contratada por Nestlé para este Concurso, en adelante la “Agencia”, desde sus canales oficiales al correo electrónico de cada ganador, inmediatamente después de haber sido seleccionado. El ganador deberá responder a dicha notificación enviando por el medio indicado la información solicitada, lo que incluirá una copia clara de su documento de identidad y una copia del Anexo I Participación y Aceptación de Premios, que se incluye en la parte final de estas Bases y forma parte integral de ellas, con los datos requeridos y firmado. El ganador solo tendrá hasta el mismo día 2 de mayo de 2025 hasta las 14:00 horas de la tarde (hora de Chile continental) para enviar lo solicitado.
7.2. Validación
Para la validación de cada ganador, la documentación previamente señalada deberá ser correctamente recibida por Nestlé o quien éste designe, previo al envío o entrega de cada Premio. Si el ganador no cumple con los requisitos indicados en estas Bases legales, entonces se entenderá que renuncia al Premio y no podrá hacer reclamo alguno en contra de Nestlé ni la Agencia, ni exigir la entrega del Premio o de su valor. En caso de que la persona seleccionada no pueda ser validada como ganadora, Nestlé podrá disponer de cada Premio para un nuevo sorteo o Concurso, lo que se comunicará oportunamente, bajo la misma mecánica señalada en estas Bases.
Ni Nestlé ni ninguna Agencia serán responsables de los problemas que surjan al contactarlos o para entregar el Premio en caso de que los ganadores entreguen datos incompletos, erróneos o falsos. Todos los datos entregados son de exclusiva responsabilidad del participante de que se trate.
La publicación de los ganadores se realizará, una vez que estos sean validados, en la cuenta oficial de Dolce Gusto en Instagram (@dolcegustochile).
OCTAVO: Entrega de los premios.
Una vez validado cada ganador, se le enviará el premio al correo electrónico del ganador proporcionado durante el proceso de participación inmediatamente después de haber sido validado.
NOVENO: Autorización de uso de datos personales.
Los participantes que faciliten sus datos personales con ocasión de su participación en el Concurso consienten inequívocamente en la incorporación de éstos en una base de datos de la que será responsable Nestlé, o una persona natural o jurídica en Chile o en el extranjero designada por Nestlé. Asimismo, autorizan a Nestlé a utilizar dichos datos para difundir oferta de productos o de servicios, para informar novedades de productos o servicios que podrían ser de utilidad e interés y para mejorar la relación de Nestlé como proveedor, y el participante como cliente.
DÉCIMO: Autorización de uso y aceptación de Premios.
Previo a la entrega de cada Premio, el respectivo ganador suscribirá el Anexo I Participación y Aceptación de Premio que se adjunta a estas Bases y que forma parte integrante de éstas para todos los efectos.
Es condición esencial para aceptar el Premio que el ganador otorgue su consentimiento para que su identidad sea divulgada y para que su voz, las imágenes filmadas, y las fotografías tomadas, sean exhibidas por cualquier medio de comunicación, incluyendo medios de comunicación masiva tales como internet, televisión, radio, prensa, o a nivel de puntos de venta, si Nestlé lo dispusiere, únicamente para efectos de comunicar los resultados del Concurso. El ganador no podrá reclamar exclusividad, ni derechos para exhibición, ni podrá exigir su previa aprobación del material en que va a aparecer su imagen, nombre o voz.
DÉCIMO PRIMERO: Publicación, modificación y aceptación de las Bases.
Las Bases se encontrarán disponibles en https://www.dolce-gusto.cl/.
Nestlé se reserva el derecho de modificar las presentes Bases sin alterar su esencia, en el evento que ocurra un caso fortuito o de fuerza mayor, o de que a su solo juicio lo considere apropiado, y se obliga a comunicar tal modificación a los participantes a través del enlace previamente mencionado o, en su defecto, a través de los medios de difusión que Nestlé considere apropiados.
Se entenderá que todas las personas que directa o indirectamente toman parte como participante o en cualquier otra forma en el presente Concurso, han conocido y aceptado íntegramente estas Bases, careciendo del derecho a deducir reclamo o acción de cualquier naturaleza en contra de Nestlé.
DÉCIMO SEGUNDO: Exclusiones y prohibiciones.
Queda expresamente prohibido y por ende no podrán participar en este Concurso, ni tener acceso a cobrar Premios del mismo, los trabajadores de Nestlé y las empresas relacionadas con estas Bases, o intervinientes en forma directa o indirecta en la organización, puesta en marcha y eventos de este Concurso.
La prohibición de participación que afecta a los citados trabajadores se extiende también a aquellos profesionales o técnicos que, no siendo trabajadores, presten servicios en las citadas empresas a cualquier título. Se hace extensiva esta prohibición a los cónyuges, y parientes de los citados trabajadores, profesionales, técnicos y prestadores de servicios, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Estará prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en este Concurso que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de participación de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate.
En caso de controversia relacionada con la identidad de un participante, Nestlé determinará que el titular del RUT utilizado durante el proceso de participación en el Concurso, será considerado como el usuario participante. No obstante, si la naturaleza de la mecánica del Concurso así lo requiere, Nestlé optará por el correo electrónico o usuario en la red social. Nestlé no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables a Nestlé.
