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Bases de la Promoción

“Disfraza tu cafetera”

En Santiago, Chile, a 24 de octubre de 2025, la sociedad NESTLÉ CHILE S.A., en adelante también denominada “Nestlé”, Rol Único Tributario N° 90.703.000-8, representada para estos efectos por Francisco Frei, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Condes N° 11.287, comuna de Las Condes, Santiago, con el objeto de evitar cualquier duda o error de interpretación relacionado con la promoción del título, en adelante la “Promoción”, viene en establecer para éste las siguientes bases, en adelante las “Bases”:

 

PRIMERO: Territorio.

La Promoción solo será válido en el territorio de Chile.

 

SEGUNDO: Fechas.

La Promoción se efectuará entre los días 29 de octubre de 2025 y 3 de noviembre de 2025 a las 23:59 (hora de Chile continental), ambas fechas inclusive.

 

TERCERO: Quienes pueden participar.

Todas aquellas personas naturales mayores de 18 años que cuenten con un documento de identidad válido y que participen en esta Promoción en los términos establecidos en estas Bases.

 

CUARTO: Mecánica de la Promoción.

Para participar en la Promoción los participantes deberán seguir a la cuenta oficial de Dolce Gusto Chile en Instagram (@dolcegustochile), subir una historia, desde su cuenta personal y pública, con una cafetera Dolce Gusto disfrazada y etiquetar a @dolcegustochile. El día 3 de noviembre de 2025, se preseleccionarán a 3 participantes que hayan utilizado los disfraces más originales durante la actividad, según el criterio de Nestlé o la Agencia. Es importante considerar que estos 3 participantes preseleccionados deberán guardar la foto utilizada en la historia, pues esta podrá ser requerida por Nestlé o la Agencia para la siguiente etapa de la actividad. Nestlé o la Agencia publicarán dichas fotos y una encuesta a través de una historia subida desde @dolcegustochile en la que el público deberá votar por el participante que haya disfrazado mejor a su cafetera. El público en general podrá votar solo hasta el 3 de noviembre de 2025 a las 23:59 (hora de Chile continental). 

 

QUINTO: Premios.

En cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 36, de la Ley 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, se deja constancia que esta Promoción contempla entregar 1 premio en total, en adelante el “Premio” o conjuntamente los “Premios”, cada uno a 1 ganador. Cada Premio consistirá en lo siguiente: • 2 cajas de cápsulas Toffee Nut de 118g y 2 cajas de cápsulas Frappé de 118g. Cada una de las cajas tendrá 10 cápsulas de su respectivo producto. Se deja constancia de que ninguno de los Premios ofrecidos en esta Promoción es canjeable por dinero en efectivo ni por otros productos o servicios. Tampoco son endosables a un tercero distinto de la persona individualizada como ganador de cada Premio.

 

SEXTO: Definición de los ganadores.

Será seleccionado 1 participante que haya obtenido la mayor cantidad de votos en la encuesta mientras esté publicada. La selección del ganador se realizará el día 4 de noviembre de 2025 y se publicará el mismo día. El ganador deberá ser debidamente validado conforme a la cláusula siguiente y, salvo se establezca lo contrario en estas Bases, cada participante solo podrá ser ganador una sola vez de un solo Premio.

 

SÉPTIMO: Notificación y validación de los ganadores.

7.1. Notificación

Una vez conocidos el o los ganadores, éstos serán contactados por Nestlé o la agencia contratada por Nestlé para esta Promoción, en adelante la “Agencia”, desde sus canales oficiales al usuario en la red social de cada ganador, dentro de un plazo no mayor a 2 días siguientes de haber sido seleccionado. El ganador deberá responder a dicha notificación enviando por el medio que se le indique la información solicitada, lo que incluirá una copia clara de su documento de identidad y una copia del Anexo I Participación y Aceptación de Premios, que se incluye en la parte final de estas Bases y forma parte integral de ellas, con los datos requeridos y firmado. El ganador tendrá un plazo máximo de 5 días corridos siguientes contados desde su notificación para enviar lo solicitado. 

7.2. Validación

Para la validación de cada ganador, la documentación previamente señalada deberá ser correctamente recibida por Nestlé o quien éste designe, previo al envío o entrega de cada Premio. Si el ganador no cumple con los requisitos indicados en estas Bases, entonces se entenderá que renuncia al Premio y no podrá hacer reclamo alguno en contra de Nestlé ni la Agencia, ni exigir la entrega del Premio o de su valor. En caso de que la persona seleccionada no pueda ser validada como ganadora, Nestlé podrá disponer de cada Premio para un nuevo sorteo, o Promoción, lo que se comunicará oportunamente, bajo la misma mecánica señalada en estas Bases. Ni Nestlé ni la Agencia serán responsables de los problemas que surjan al contactarlos o para entregar el Premio en caso de que los ganadores entreguen datos incompletos, erróneos o falsos. Todos los datos entregados son de exclusiva responsabilidad del participante de que se trate. La publicación de los ganadores se realizará, una vez que estos sean validados, en @dolcegustochile en Instagram. 

 

OCTAVO: Entrega de los premios.

Una vez validado cada ganador, Nestlé o la Agencia coordinarán directamente con el ganador para llevar a cabo la entrega del Premio. Se enviará el Premio al domicilio del ganador proporcionado durante el proceso de participación dentro de los 30 días corridos siguientes a su validación.

 

NOVENO: Autorización de uso de datos personales.

Los participantes que faciliten sus datos personales con ocasión de su participación en la Promoción consienten inequívocamente en la incorporación de éstos en una base de datos de la que será responsable Nestlé, o una persona natural o jurídica en Chile o en el extranjero designada por Nestlé. Asimismo, autorizan a Nestlé a utilizar dichos datos para difundir oferta de productos o de servicios, para informar novedades de productos o servicios que podrían ser de utilidad e interés y para mejorar la relación de Nestlé como proveedor, y el participante como cliente.

 

DÉCIMO: Autorización de uso y aceptación de Premios.

Previo a la entrega de cada Premio, el respectivo ganador suscribirá el Anexo I Participación y Aceptación de Premio que se adjunta a estas Bases y que forma parte integrante de éstas para todos los efectos. Es condición esencial para aceptar el Premio que el ganador otorgue su consentimiento para que su identidad sea divulgada y para que su voz, las imágenes filmadas, y las fotografías tomadas, sean exhibidas por cualquier medio de comunicación, incluyendo medios de comunicación masiva tales como internet, televisión, radio, prensa, o a nivel de puntos de venta, si Nestlé lo dispusiere, únicamente para efectos de comunicar los resultados de la Promoción. El ganador no podrá reclamar exclusividad, ni derechos para exhibición, ni podrá exigir su previa aprobación del material en que va a aparecer su imagen, nombre o voz.

 

DÉCIMO PRIMERO: Publicación, modificación y aceptación de las Bases.

Las Bases se encontrarán disponibles en www.dolce-gusto.cl. Nestlé se reserva el derecho de modificar las presentes Bases sin alterar su esencia, en el evento que ocurra un caso fortuito o de fuerza mayor, o de que a su solo juicio lo considere apropiado, y se obliga a comunicar tal modificación a los participantes a través del enlace previamente mencionado o, en su defecto, a través de los medios de difusión que Nestlé considere apropiados. Se entenderá que todas las personas que directa o indirectamente toman parte como participante o en cualquier otra forma en la presente Promoción, han conocido y aceptado íntegramente estas Bases, careciendo del derecho a deducir reclamo o acción de cualquier naturaleza en contra de Nestlé.

 

DÉCIMO SEGUNDO: Exclusiones y prohibiciones.

Queda expresamente prohibido y por ende no podrán participar en esta Promoción, ni tener acceso a cobrar Premios del mismo, los trabajadores de Nestlé y las empresas relacionadas con estas Bases, o intervinientes en forma directa o indirecta en la organización, puesta en marcha y eventos de esta Promoción. La prohibición de participación que afecta a los citados trabajadores se extiende también a aquellos profesionales o técnicos que, no siendo trabajadores, presten servicios en las citadas empresas a cualquier título. Se hace extensiva esta prohibición a los cónyuges, y parientes de los citados trabajadores, profesionales, técnicos y prestadores de servicios, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Estará prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en esta Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de participación de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate. En caso de controversia relacionada con la identidad de un participante, Nestlé determinará que el titular del RUT utilizado durante el proceso de participación en la Promoción, será considerado como el usuario participante. No obstante, si la naturaleza de la mecánica de la Promoción así lo requiere, Nestlé optará por el correo electrónico o usuario en la red social. Nestlé no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables a Nestlé.

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